monográfico · ¿Existen los europeos?
¿Existen los europeos?
Yolanda Gómez
Desde la creación de las Comunidades Europeas hasta el Tratado de Lisboa, el último Tratado modificativo que ha entrado en vigor, se ha producido la consolidación de un fenómeno absolutamente singular como es la construcción de una Europa ligada por lazos económicos pero también por valores y vínculos sociales y culturales cada día más firmes y ello pesar de que este fenómeno no ha estado exento de crisis de mayor o menor intensidad. Entre aquél inicial momento de la emergencia de tres diferentes organizaciones internacionales, aunque estrechamente vinculadas entre sí, y la Unión Europea actual, muchas cosas han cambiado en Europa y en el Mundo pero una realidad, la existencia de una auténtica ciudadanía europea, no solo en sus aspectos jurídicos sino también como idea compartida por los europeos, se ha constituido en un elemento determinante del hoy y del mañana de la Unión.
Algo más de una década después del fracasado proyecto de Constitución Europea, en el que se incluía la Carta de los Derechos Fundamentales e importante referencias a la ciudadanía europea (fracaso paliado en parte con el Tratado de Lisboa que dotó a la Carta del mismo valor jurídico que los Tratados), la Unión afronta hoy innegables problemas y dificultades en su camino hacia una profundización de la construcción europea que deben alertarnos sobre la necesidad de trabajar de manera continua en el mantenimiento y el fortalecimiento de las libertades ciudadanas. En el siempre convulso contexto europeo, dos hechos han provocado que esas dificultades siempre latentes pasen al primer plano de la actualidad por la gravedad de las repercusiones que están generando.
El primero de estos hechos ha sido la crisis económica que desde 2008 afecta, aun con diferente intensidad, a los Estados de la Unión, y que ha golpeado intensamente a los ciudadanos europeos provocando una reacción social que ha cuestionado la acción y las políticas europeas con el inevitable contagio a las instituciones y, al fin, a toda la estructura de la Unión. A esta Unión, debilitada por la crisis económica y financiera, se ha sumado un segundo hecho de gran importancia: la celebración del referéndum sobre la salida del Reino Unido de la UE (el denominado “brexit”). El 23 de junio de 2016 los ciudadanos del Reino Unido, miembro de la Unión desde 1973, es decir, una parte de la ciudadanía europea, fueron llamados a las urnas para contestar a la pregunta de si el Reino Unido debía o no seguir siendo miembro de la Unión Europea (Should the United Kingdom remain a member of the European Union or leave the European Union?). El resultado de este referéndum, con un 72% de participación, arrojó una victoria exigua, pero determinante, favorable a la salida del Reino Unido de la Unión Europea (51,9% frente al 48,1%); un resultado inesperado para muchos que nos coloca ante un escenario inusitado, de extraordinaria complejidad y que ha abierto una de las mayores crisis institucionales desde la creación de las Comunidades. El Reino Unido ya había afrontado otro referéndum (conocido como referéndum sobre el Mercado Común y referéndum sobre la permanencia del Reino Unido en la Comunidad Económica Europea) con igual objetivo apenas dos años después de su ingreso, en 1975, aunque con resultado entonces favorable a la permanencia (67%). A través del brexit una parte de los ciudadanos europeos han manifestado su voluntad de dejar de serlo. Las razones de ello son complejas y escapan al objetivo de este breve comentario pero sí es relevante insistir en que los ciudadanos europeos del Reino Unido han votado mayoritariamente por abandonar una ciudadanía, la europea, a la que han culpado de su retroceso económico y social. Ahora más que nunca, insistamos en ello, la Unión debe trabajar firmemente para difundir el verdadero alcance y significado de ser ciudadano europeo. Y debe hacerlo porque detrás, tanto de la crisis económica que ha devastado muchos de los logros sociales conseguidos en las últimas décadas como de la salida del Reino Unido de la UE, sigue habiendo millones de personas con un auténtico ideal europeo que mantienen la esperanza en una Europa de progreso social y libertad. Millones de europeos comparten una idea y un sentimiento de pertenencia a un colectivo perfectamente identificado e identificable por terceros; la idea y el sentimiento de ser ciudadanos europeos. Esta idea y este sentimiento no son meras abstracciones sino que forman parte de una realidad jurídica y esa es una de sus mayores fortalezas. La actual Unión Europea es el ejemplo de supranacionalidad más completo que se conoce. Su entramado institucional y, especialmente, la creación de un ordenamiento jurídico propio, que se integra en el Derecho interno de los Estados miembros gracias a la cesión de competencias de éstos a favor de la Unión, distinguen a esta organización supranacional de cualquier otra. Pero siendo esto importante como hemos dicho, la Unión Europea no es solo una realidad jurídica sino que también constituye una comunidad social, una verdadera sociedad europea plural, libre y solidaria, basada en los valores consagrados en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea que fundamentan la Unión en el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores asumidos y defendidos por la Unión son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres como igualmente afirma el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea. El compromiso de la Unión de respetar la diversidad cultural y lingüística, a las que los ciudadanos europeos están legítimamente apegados, la lucha contra la exclusión social y la discriminación, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos de los más vulnerables complementa el compromiso de la Unión con sus ciudadanos.
Junto a la defensa de estos valores, la Unión asume también como fines propios, promover la paz y el bienestar de sus pueblos. Un bienestar y un progreso que debe desarrollarse en un marco económico y social justo en el que los ciudadanos europeos tengan firmemente protegidos sus derechos, como establece el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea. Este es el gran reto. Si la Unión Europea logra enviar el mensaje correcto sobre sus fines y objetivos, la ciudadanía europea responderá afianzando la idea de Europa como comunidad política y social. Los últimos acontecimientos parecen demostrar que hay todavía un largo camino que recorrer en la consecución de este objetivo.
Por todo lo dicho, ya se podría contestar afirmativamente a la pregunta planteada en estas páginas: sí, existen los europeos. Pero algo más hay que decir sobre esta afirmación. Como sabemos, la ciudadanía europea fue instituida en el Tratado de la Unión Europea y tuvo como objetivo principal fundamentar la identidad europea, superar la idea que sostuvo a las Comunidades básicamente centrada en la convergencia económica para ampliarla a lo político y social. La ciudadanía europea debía ser el vínculo que uniera entre sí a todos los europeos, con independencia de sus respectivas nacionalidades, y los vinculara también con unas instituciones y unas políticas más allá de lo nacional. La ciudadanía europea era, pues, el paradigma de la superación de lo particular –la nacionalidad– y la integración en lo global –la Europa de todos– como manifestación de una nueva comunidad política. La ciudadanía europea se le reconoce a toda persona que ostente nacionalidad de un Estado miembro; es un plus que se añade a la ciudadanía del Estado nacional sin sustituirla (art. 20 del Tratado de Funcionamiento de la UE). Por tanto, todos los ciudadanos de la Unión Europea gozan de una suerte de doble nacionalidad, puesto que junto a la que tenga por razón de pertenencia a un Estado Miembro de la UE tienen también específicamente la ciudadanía europea.
Pero ¿cuál es el elemento esencial de la ciudadanía europea? La consecuencia más directa y relevante de esta ciudadanía europea es que otorga un verdadero estatuto jurídico de ciudadano europeo que nos hace titulares de un amplio –y no siempre bien conocido– catálogo de derechos entre los que podemos destacar, sin carácter exhaustivo, el derecho a circular y residir libremente en el territorio de cualquiera de los Estados miembros; el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales del Estado miembro donde se resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado; el derecho de presentar colectivamente, iniciativas ciudadanas dirigidas a la Comisión Europea en demanda de que se adopte determinada legislación; el derecho de protección consular que permite obtener la protección de las autoridades consulares de cualquier Estado miembro de la UE en un tercer país cuando el de la propia nacionalidad no disponga de autoridad consular en dicho territorio; el derecho a formular peticiones al Parlamento Europeo, a recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, a dirigirse a las instituciones y a los órganos consultivos de la Unión en una de las lenguas reconocidas en los Tratados y de recibir una contestación en esa misma lengua.
Nada hay más cercano al ciudadano que el reconocimiento de sus derechos. Por eso una ciudadanía fundamentada en un catálogo de derechos, respetado y protegido por las instituciones europeas, es el mejor medio de conseguir y mantener la adhesión de los ciudadanos. No es ocioso recordar que el nacimiento de la Comunidad Europea no fue un hecho aislado sino que debe situarse en un contexto que propugnaba la unión de los Estados nacionales para la reconstrucción de Europa y para garantizar la estabilidad económica y la paz después de los desastres producidos por las dos Guerras Mundiales. Dentro de este proceso, la Comunidad Europea tuvo como objetivo inmediato la integración económica pero su evolución posterior la encaminó también hacia la unión política y la defensa de un espacio de libertad y justicia común. Si bien el reconocimiento de los derechos y libertades no fue inicialmente materia central de interés en la Comunidad y tan sólo fueron reconocidas las libertades que resultaban precisas para la consecución de los objetivos económicos, finalmente la Unión emprendió el camino de constituir una comunidad europea global en la que los ciudadanos debían ser protagonistas del proceso y no meros agentes económicos. Las sucesivas reformas de los Tratados y, finalmente, la Carta de los Derechos Fundamentales, han venido a cumplir este objetivo. Hoy el respeto de los derechos humanos es exigencia sine qua non para los países que desean incorporarse a la Unión y una condición previa para los países que concluyen acuerdos comerciales o de otro tipo con la Unión y promueve y defiende activamente los derechos fundamentales tanto dentro de sus fronteras como en sus relaciones con terceros países. Este es, sin duda, el camino; un camino, sin embargo, que exigirá un esfuerzo continuo para que ningún ciudadanos europeo quiera dejar de serlo.
Yolanda Gómez
Catedrática de Derecho Constitucional
Catedrática Jean Monnet, ad personam
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)